Familia y felicidad, más allá de los prejuicios (I) +audio - La letra corta

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16 de mayo de 2017

Familia y felicidad, más allá de los prejuicios (I) +audio



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Por Randy Pereira Ojeda, Isely Ravelo Rojas, Suheidy Susarte Escotet, Anabel Modroño García y Claudia Iglesias Alfonso

Comienza una nueva semana y con ella continúa la vida de esta familia cubana. El niño va a la escuela como cada jornada, y al regreso deberá hacer sus tareas como le han inculcado sus padres, además de disfrutar de su tiempo de esparcimiento. Se ven un rato al atardecer, y cuando el tiempo interfiere en ello, al menos conversan por teléfono. Así llega el fin de semana, y entre risas, alegrías, preocupaciones… transcurren días marcados por la unión, los buenos valores y el fortalecimiento de las relaciones familiares.

Parejas como la de Francisco y Miguel Ángel, con 12 años de relación y un niño que acaba de cumplir los quince, conviven a diario en nuestra sociedad y alrededor de todo el mundo: unas pasando inadvertidas y otras siendo tema de conversación de muchos a su alrededor. Su condición de pareja homosexual resulta, para no pocos, un elemento contrario a lo que se llamaría familia.


Desde el momento en que todos los seres humanos venimos al mundo, a nuestro alrededor escuchamos las palabras madre, padre, abuelos, tíos, hermanos, y una serie de denominaciones que conforman lo que hoy día significa familia para la gran mayoría. Definida además como la principal institución de cualquier sociedad, no pasa inadvertida ante los vertiginosos cambios sociales, políticos y económicos que tienen lugar en nuestras vidas. Según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la familia “es el elemento fundamental de la sociedad, y tiene derecho a la protección de la Sociedad y del Estado”. (1)

De igual forma, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) la considera como la unidad básica de la sociedad”, y asumiendo la variedad de familias existentes en la actualidad, aclara que no deja de ser el elemento fundamental que brinda apoyo emocional y bienestar a los miembros que la componen.

Sin embargo, cierto es que el término familia ha ido variando con el decursar de los años a partir de las nuevas configuraciones sociales. En la actualidad podemos hablar de parejas homosexuales, uniones de personas que no pueden tener descendencia genética, uniones de personas en poliamor, familias re-ensambladas, familias monoparentales, familias por elección, en contraposición de la familia heteroparental o nuclear; quienes constituyen igualmente un ejemplo de la diversidad de familias que existen alrededor del mundo, aunque algunas de estas no posean descendencia genética.

En este sentido, la Organización de Naciones Unidas (ONU) ha modificado el concepto de familia asumido históricamente. Según el artículo de Allan C. Carlson, “What’s Wrong with the United Nations Definition of Family”, la familia no debe ser vista como una institución, sino que debe asumirse como una institución cambiante y evolutiva, ya que esta se reforma según la realidad cambiante que vivimos hoy.

La ONU se ha encargado de hacer suyas estas ideas al decir que la concepción de familia que se aplica en la mayoría de las instituciones gubernamentales en el mundo no responde a la realidad cambiante del siglo XXI. Una muestra de ello quedó evidenciada en el documento borrador de la Conferencia del Cairo sobre Población y Desarrollo de septiembre de 1994, donde se plasmó que la división tradicional, basada en el género, de funciones productivas y reproductivas dentro de la familia, con frecuencia no refleja las realidades y aspiraciones actuales.

En el caso de Cuba, la Constitución de la República de Cuba dedica su capítulo III a pautar lo que en materia de leyes se establece como familia. Este es considerado un código obsoleto por la mayoría de los estudiosos del tema, pues no contempla cambios desde el año 1975. Muestra un concepto de familia sumamente tradicionalista, conformado por una madre, un padre y sus primogénitos, sin nombrar o incluir a otras estructuras familiares.

Al respecto, la Dra. Patricia Arés, quien fuera la Presidenta de la Sociedad Cubana de Psicología, ha expresado en múltiples ocasiones sus criterios respecto al tema, ya que además se ha especializado en los asuntos familiares, principalmente en Cuba. En conferencia ofrecida el 29 de mayo de 2015 en la Casa del ALBA Cultural, como parte del espacio habitual de intercambio de la Sociedad Cubana Multidisciplinaria para el Estudio de la Sexualidad (SOCUMES), expresó:

Cierto es que todas estas nuevas configuraciones familiares emergentes parten de la diversidad de nuestra sociedad y las relaciones que se establecen entre cada uno de sus integrantes, quienes tienen el derecho de amar o establecer una relación con la persona elegida, sin distinción de razas, géneros, etc. Los derechos sexuales están basados en la libertad inherente, la dignidad e igualdad para todos los seres humanos. Desde el punto de vista del marco jurídico, los derechos sexuales, la orientación sexual y la identidad de género han sido tratados a escala mundial. Se han presentado declaraciones que respaldan y defienden medidas a favor de la no discriminación, el acoso, la exclusión, la estigmatización y el prejuicio por parte de los estados.

La declaración de la ONU sobre la orientación sexual e identidad de género es uno de esos documentos y fue redactada por iniciativa francesa y con el correspondiente respaldo de la Unión Europea. Esta se presentó ante la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 2008. Además de oponerse a la violencia, el acoso, el prejuicio, entre otros, también condena los asesinatos y ejecuciones, la privación de los derechos económicos, sociales y culturales.

La declaración permitió un gran avance para los derechos humanos, rompiendo de esta forma el tabú al hablar sobre los derechos de las lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGTB) en las Naciones Unidas.

Sobre la declaración, varios activistas y defensores expresaron su apoyo. Al efecto, Rama Yade, Secretaria de Estado de Asuntos Exteriores de Francia, preguntó: “¿Cómo podemos tolerar el hecho de que algunas personas sean apedreadas, ahorcadas, decapitadas y torturadas sólo por su orientación sexual?” (2)  Mientras que por su parte el activista británico de derechos humanos Peter Tatchell afirmaría: “Esta fue la historia de los hechos… Conseguir esta declaración de la ONU es el resultado del esfuerzo colectivo global de muchas organizaciones LGBT y de derechos humanos. Nuestra colaboración, unidad y solidaridad han conseguido este éxito...”

Los Principios de Yogyakarta, sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género, es otro de los documentos que adquieren gran relevancia en cuanto a la defensa de los derechos humanos a la libre elección de la orientación sexual y la defensa de los derechos sexuales.

“Estos principios establecen estándares básicos de cómo los gobiernos podrían tratar a las personas cuyos derechos a menudo son negados, o aquellas cuya dignidad está siendo violentada de forma frecuente”, dijo Scott Long, director del programa de derechos de lesbianas, homosexuales, bisexuales y personas transgénero de Human Rights Watch. Estos principios consagran un precedente y una idea muy simple pero firmemente establecida por la ley: los derechos humanos no admiten excepciones.

Notas:

1. «Artículo 16.3». Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asamblea General de las Naciones Unidas (1948). «La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado».

2. Terra.es (18 de diciembre de 2008). «La ONU recibe dividida la propuesta de despenalizar la homosexualidad» (en español). Consultado el 6 de mayo de 2015.  

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